base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT). El concepto concluye que las multas, a partir del 1 de enero de 2020, se deberán actualizar con base en el valor de la UVT vigente, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019 y con el Título 14 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015; en consecuencia, en el caso de tarifas ejecutoriadas con anterioridad a la referida fecha, se mantendrán determinados en SMMLV, teniendo en cuenta que cada entidad es responsable de realizar los cálculos para aplicar las conversiones exigidas por la Ley.