no renovables, de los que son beneficiarias las entidades territoriales a través del Sistema General de Regalías.
A través del presente concepto la Entidad confirmó que las entidades territoriales se encuentran legalmente autorizadas para el otorgamiento de subsidios para el pago de los servicios públicos domiciliarios a través de los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, con recursos dentro de los que se encuentran los obtenidos por la explotación de recursos naturales
no renovables, de los que son beneficiarias las entidades territoriales a través del Sistema General de Regalías.