Cartagena. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en la audiencia inicial, declaró no probada la excepción de caducidad del medio de control propuesto por la accionada, decisión que fue objeto de recurso de apelación ante la Sección Tercera del Consejo de Estado. La Sección Tercera revocó la decisión de primera instancia, adecuó la demanda del medio de control de reparación directa al de nulidad y restablecimiento del derecho y declaró la excepción de caducidad frente a este último medio de control”.