no resulta posible aplicar en este procedimiento especial lo señalado en el artículo 51 de la Ley 1437 de 2011, relacionado con la renuencia a suministrar la información requerida en el curso de la investigación administrativa toda vez que la aplicación de disposiciones diferentes a la previstas en Ley 1333 de 2009 se debe realizar en aquellos casos donde se indica la remisión a otro instrumento normativo como lo es el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.