Para realizar el cálculo para la adición de un contrato, se debe pasar el monto de pesos al valor de SMLMV del momento en que se realice la adición, descontando estos de los salarios mínimos que restan por adicionar, con el fin de no superar el límite previsto en el parágrafo del artículo 40 de la ley 80 de 1993.