"Las entidades estatales en cumplimiento del deber de análisis que les compete, establecerán los indicadores que determinarán la capacidad financiera y organizacional de manera proporcional al proceso de contratación, así como la forma en la que se efectuará la evaluación de estos, teniendo en cuenta la teleología del Decreto 399 de 2021, proyectado su valoración
dentro del mejor año fiscal, permitiendo que los posibles oferentes conozcan, como es debido, la totalidad de las condiciones que regirán el procedimiento de selección y que permitirán verificar su aptitud para participar en el mismo, y, de resultar adjudicatarios, ejecutar el contrato estatal." Así quedó dispuesto a través del presente concepto.
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