para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, realizará la verificación pertinente frente a los perjuicios que se pueden llegar a causar a la comunidad por el respectivo proyecto. En particular, el prestador marginal debe presentar una solicitud en donde informe de manera detallada la alternativa que utilizará para autoabastecerse, de tal forma que esta Superintendencia pueda establecer si ésta perjudica o no a la comunidad”.