operación, mantenimiento y reposición de las redes locales o secundarias de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, y a la prestación efectiva de estos servicios en los predios urbanizados, los artículos 2.3.1.2.4. y 2.3.1.2.6. del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015.