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¿Cuáles son las diferencias entre el contrato de suministro y el contrato de prestación de servicios y cuáles son sus implicaciones de en términos de obligaciones y afiliación al SSSS Colombia Compra

Escrito por  Nov 25, 2024

Colombia Compra indica que el contrato de suministro está regulado por el Código de Comercio y se define como un negocio jurídico en el que una parte se obliga a proporcionar bienes o servicios de manera periódica o continua a cambio de una contraprestación. Es un contrato mercantil que crea obligaciones recíprocas y es bilateral y oneroso. Contrato de Prestación de Servicios, se encuentra definido en el numeral 3° del artículo 32 de la Ley 80 de 1993. Este tipo de contrato permite a las entidades estatales desarrollar actividades relacionadas con su administración o funcionamiento. No genera relación laboral ni prestaciones sociales, y se celebra por el término estrictamente necesario.

El Contrato de Suministro puede ser celebrado mediante cualquiera de las modalidades de contratación competitiva que contempla el EGCAP (Estatuto General de Contratación de la Administración Pública). Obligaciones y Seguridad Social: En el caso del contrato de suministro, la afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral es obligatoria para los contratistas, ya que se considera que estos generan una relación laboral en términos de prestación de servicios. En el contrato de prestación de servicios, dado que no se establece una relación laboral, la afiliación al sistema de seguridad social no es obligatoria, salvo en casos específicos donde se requiera.

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Modificado por última vez en Domingo, 24 Noviembre 2024 22:17