El valor del proceso de contratación debe ser menor a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US $125,000). Al menos dos (2) MIPYMES colombianas deben presentar a la entidad la solicitud para limitar el proceso contractual. La solicitud para limitar la convocatoria debe hacerse por lo menos un día (1) hábil antes de la expedición del acto administrativo de apertura del proceso de contratación.
Las MIPYMES interesadas deben tener un mínimo de un (1) año de existencia. Las MIPYMES deben tener domicilio en los departamentos o municipios donde se va a ejecutar el contrato, lo que significa que el incentivo de la norma solo aplica en el lugar de ejecución del contrato y no en donde tengan sucursales o agencias.
Descargar Documento