La administración debe verificar si los documentos omitidos son necesarios para la asignación de puntaje. Si lo omitido no otorga puntaje, la administración debe permitir la subsanación; si sí otorga puntaje, no se puede subsanar. Principio de Prevalencia de lo Sustancial sobre lo Formal: Este principio implica que los defectos formales que no afectan sustancialmente la oferta no deben llevar al rechazo de la misma. La administración debe considerar la oferta a pesar de errores menores en la documentación, siempre que estos no afecten la sustancia de la propuesta. No se pueden subsanar requisitos que no estaban materialmente cumplidos al momento de la presentación de la oferta. Esto significa que cualquier documento o requisito que deba ser acreditado debe haber existido antes del cierre del proceso.