Finalmente, debe especificar el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, que puede llevarse a cabo por medios electrónicos. En la audiencia, intervendrá el jefe de la entidad o su delegado, y se le concederá la palabra al representante legal del contratista para que presente sus descargos y aporte pruebas. La decisión sobre la imposición de multas, sanciones o la declaratoria de incumplimiento debe ser contenida en una resolución motivada. La entidad estatal tiene la facultad de declarar el incumplimiento con el propósito de hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, incluso después de la liquidación del contrato, siempre que existan obligaciones pendientes. La declaratoria de incumplimiento debe realizarse con plena observancia de las reglas procedimentales establecidas en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, sin distinción de la gravedad del incumplimiento.