El valor del proceso debe ser menor a ciento veinticinco mil dólares (US$ 125,000). La entidad estatal debe haber recibido al menos dos solicitudes de limitación de MIPYMES, al menos un día hábil antes de la apertura del proceso. Estas solicitudes deben ser presentadas por MIPYMES cuyo objeto social les permita ejecutar el contrato. Solo las MIPYMES que cumplan con los requisitos y cuyo objeto social les permita ejecutar el contrato pueden manifestar interés en participar. Esta manifestación debe realizarse dentro de un plazo establecido tras la apertura del proceso.
La entidad estatal debe verificar que los interesados sean efectivamente MIPYMES, utilizando la documentación requerida. Si se reciben más de diez manifestaciones de interés, la entidad puede realizar un sorteo para seleccionar un máximo de diez interesados que continuarán en el proceso. La entidad estatal debe expedir un acto de apertura que indique si el proceso está limitado a MIPYMES, garantizando que estas tengan la oportunidad de participar. Las MIPYMES deben presentar la documentación que acredite su condición de tal, conforme a lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.
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