La CREG estableció parámetros para la estimación de la tasa de descuento aplicable al servicio público de transporte de combustibles líquidos por poliductos en Colombia. La medida define el código de referencia GICS 551020 y fija el 31 de marzo de 2026 como fecha para la recopilación de información necesaria en el cálculo. Este acto, enmarcado en la regulación de la cadena de distribución de combustibles que incluye refinadores, importadores, almacenadores y transportadores, culmina un proceso que reafirma las facultades de la CREG para regular tarifas y metodologías. La tasa de descuento resultante es del 14,82%, un factor crucial para la remuneración de esta actividad esencial. La decisión busca garantizar la eficiencia y transparencia en la prestación del servicio.