interpuestos o por vencimiento del término para interponerlos o se hubiere renunciado expresamente a ellos, o por la aceptación del desistimiento de los recursos o por el silencio administrativo positivo.
El concepto indica que una resolución que fije una tasa o tarifa, se entiende ejecutoriada cuando no procede contra ella ningún recurso, por haberse resuelto los recursos
interpuestos o por vencimiento del término para interponerlos o se hubiere renunciado expresamente a ellos, o por la aceptación del desistimiento de los recursos o por el silencio administrativo positivo.