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A través de concepto, la SSPD aclaró dudas sobre la aprobación del presupuesto de estas empresas mixtas

Escrito por  Ago 18, 2021

“La regla general en materia de manejo presupuestal de las empresas de servicios públicos mixtas, cuyo capital aportado por la Nación o sus entidades descentralizadas, sea inferior al 90%, es decir, que se encuentre entre el rango comprendido entre el 50% y el 89% de los aportes, es que el régimen aplicable será el del derecho privado” así quedó establecido en el concepto publicado por la entidad.

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