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ICA establece el periodo y las condiciones del segundo ciclo de vacunación contra la Fiebre Aftosa y Brucelosis Bovina para el año 2020

Escrito por  Oct 26, 2020

A través del acto administrativo queda establecido el periodo y las condiciones del segundo ciclo de vacunación contra la Fiebre Aftosa y la Brucelosis Bovina para el año 2020 en el territorio nacional, así como el periodo y las condiciones para la vacunación contra la Rabia de Origen Silvestre.

El periodo de vacunación está comprendido entre 09 de noviembre y el 23 de diciembre de 2020. Será responsabilidad del ganadero vacunar la población bovina y bufalina contra Fiebre Aftosa, Brucelosis bovina y Rabia de Origen Silvestre en las fechas programadas por el proyecto local donde se ubica su predio. En todas las zonas determinadas en el territorio nacional donde se debe llevar a cabo la vacunación, únicamente podrán usarse lotes de vacunas registradas contra Fiebre Aftosa, Brucelosis Bovina y Rabia de origen silvestre que hayan sido evaluados y aprobados por el ICA, según los parámetros de esterilidad, inocuidad, potencia y pureza establecidos en las normas vigentes.

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