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Interpretación jurídica de la CREG sobre la Resolución relacionada con la generación compartida y despacho centralizado

Escrito por  Mar 14, 2025

La CREG precisó aspectos sobre la interpretación de la Resolución CREG 200 de 2019 sobre acuerdos de generación compartida. Aclara que las plantas individuales, al optar por el despacho centralizado, deben cumplir con la regulación vigente, pero no se convierten en "plantas centralmente despachadas" solo por compartir activos de conexión. La CREG destaca la distinción entre el despacho central, el sistema de intercambios comerciales y la liquidación de costos por confiabilidad, enfatizando que su consulta se basa en suposiciones incorrectas. Además, se menciona que la CREG no resolverá casos particulares, sino que se enfocará en brindar aclaraciones generales. Esto resalta la importancia de la correcta interpretación de las normativas vigentes, así como su relación con principios de sostenibilidad y uso eficiente de recursos, considerando que la infraestructura existente debe ser utilizada según las leyes y políticas ambientales pertinentes.

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Modificado por última vez en Jueves, 13 Marzo 2025 20:06