El concepto de CREG aclara que no existe una etapa formal de "solicitud de factura" en el proceso de conexión de usuarios finales por parte de los Operadores de Red (OR), quienes deben cumplir con los plazos y etapas estipulados en la regulación correspondiente. En caso de incumplimiento de los tiempos regulatorios por parte del OR, se debe informar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. La regulación permite que los OR establezcan procedimientos para conexiones, siempre siguiendo lo dispuesto en la Resolución CREG 075 de 2021 y su Circular CREG 001 de 2023. Aunque pueden existir variaciones en los procesos, los plazos de respuesta son obligatorios y deben respetarse. Además, cuando un AGPE tiene que modificar su instalación según el RETIE, se deben respetar las distancias de seguridad y obtener los permisos necesarios. Errores en solicitudes de conexión son subsanables sin necesidad de reiniciar el proyecto, garantizando así la continuidad del proceso administrativo y normativo.