La Entidad clarifica la gestión financiera de los convenios de asociación celebrados entre el Estado y entidades privadas sin ánimo de lucro -ESAL-. Colombia Compra subraya que estos acuerdos poseen una naturaleza colaborativa y no conmutativa, lo que significa que no buscan el lucro ni el pago de un precio, sino el cumplimiento de objetivos comunes mediante aportes mutuos. Debido a este carácter no oneroso, el texto advierte que figuras comerciales tradicionales como el anticipo o el pago anticipado son improcedentes, ya que no existe una contraprestación económica que las justifique. No obstante, las partes mantienen la facultad de pactar desembolsos tempranos bajo condiciones estrictas de control y planeación para financiar el arranque de los proyectos, siempre garantizando el manejo transparente de los recursos públicos.