Colombia Compra Eficiente precisó que la Ley 996 de 2005, conocida como Ley de Garantías Electorales, busca evitar ventajas indebidas y el uso irregular de recursos públicos durante campañas, mediante restricciones a la contratación estatal. Frente a los contratos de transferencia de activos del Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de Energía (FENOGE), señaló que la prohibición del artículo 33 aplica a toda contratación directa, incluso en entidades con régimen especial o sometidas al derecho privado, como el Fondo. No obstante, aclaró que corresponde a cada entidad determinar, según la naturaleza del contrato y su manual de contratación, si se configura alguna de las excepciones legales previstas para la restricción electoral.