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CREG precisó las condiciones mínimas necesarias para que cualquier agente participe en el mercado mayorista de energía

Escrito por  Ago 14, 2024

La CREG aclaró la normatividad relacionada con el registro, participación y retiro de agentes generadores en el Mercado de Energía Mayorista (MEM), concluyendo que el sistema de intercambios y la comercialización de energía en el mercado mayorista son negocios y operaciones mercantiles, regladas de manera intensa por el Estado por medio del reglamento de operación que expide la Comisión, y de las disposiciones expuestas en el link de esta noticia, no se deduce que el administrador del sistema de intercambios comerciales, además del reglamento de operación, tenga que cumplir otras normas de procedimiento.

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Modificado por última vez en Martes, 13 Agosto 2024 23:02