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Texto del decreto Distrital que reglamentó el aprovechamiento económico del Espacio Público y la explotación económica de la infraestructura en el D.C.

Escrito por  Sep 20, 2024

Se exceptúan de la aplicación del presente decreto Las fuentes de financiación para los sistemas de transporte establecidas en el artículo 33 de la Ley 1753 de 2015, y las demás fuentes de financiación que se establezcan por normas posteriores, las cuales se regirán por las disposiciones vigentes y aplicables en cada caso, entre otros. A través de este acto se reglamenta el aprovechamiento económico del Espacio Público y la explotación económica de la infraestructura pública en el Distrital Capital, así como, prevenir su ocupación indebida, con el propósito de garantizar su integridad, y asegurar su uso, goce, disfrute y beneficio por parte de la ciudadanía, en consonancia con los principios de acceso universal e igualdad de oportunidades, a través del aprovechamiento de los elementos constitutivos y complementarios del espacio público, de acuerdo con su funcionalidad y en concordancia con la misión de las respectivas entidades distritales. El marco regulatorio de aprovechamiento económico por parte de particulares en el espacio público en el Distrito Capital.

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Modificado por última vez en Jueves, 19 Septiembre 2024 23:02