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Por norma que prohíbe a los municipios imponer gravámenes de cualquier clase o denominación a la producción primaria, agrícola, ganadera y avícola Consejo de Estado revoca sentencia referente a declaración del ICA de COOLECHERA

Escrito por  Dic 22, 2020

Para la Sala, el artículo 39 de la Ley 14 de 1983 prohíbe a los municipios imponer gravámenes de cualquier clase o denominación a la producción primaria, agrícola, ganadera y avícola, sin incluir en esta prohibición a las fábricas de productos alimenticios o toda industria en la que haya un proceso de transformación, por elemental que este sea. Se tiene en cuenta

que la norma local de Barranquilla dispone que la producción primaria agrícola, ganadera y avícola está excluida del impuesto de industria y comercio. Entonces, la normativa aplicable prohíbe gravar con el impuesto de industria y comercio las actividades propias del sector primario de la economía, esto es, las que se desarrollen para tomar de la naturaleza los recursos que esta produce, sin transformación alguna.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 18:15