La Entidad explica que la Ley 2387 de 2024, que adiciona el artículo 18A a la Ley 1333 de 2009 y regula la suspensión y terminación anticipada del procedimiento sancionatorio ambiental mediante la implementación de medidas de corrección y/o compensación ambiental, establece, entre otros aspectos, la obligación del presunto infractor de presentar una garantía de cumplimiento que respalde las obligaciones y costos derivados de las medidas aprobadas por la autoridad ambiental al momento de declarar la suspensión del procedimiento sancionatorio. Además, fija plazos para la presentación y evaluación de dicha garantía, y contempla el cobro a los infractores por los costos de evaluación y seguimiento ambiental necesarios para asegurar la correcta ejecución de las medidas. En resumen, esta ley busca facilitar mecanismos para la reparación ambiental y la corrección de daños en el marco de procedimientos sancionatorios ambientales, promoviendo la eficacia y responsabilidad en su cumplimiento.