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MinAmbiente explicó los lineamientos jurídicos para la suspensión y terminación anticipada, así como las garantías en el procedimiento sancionatorio ambiental, según la Ley 2387 de 2024

Escrito por  May 06, 2025

 La Entidad explica que la Ley 2387 de 2024, que adiciona el artículo 18A a la Ley 1333 de 2009 y regula la suspensión y terminación anticipada del procedimiento sancionatorio ambiental mediante la implementación de medidas de corrección y/o compensación ambiental, establece, entre otros aspectos, la obligación del presunto infractor de presentar una garantía de cumplimiento que respalde las obligaciones y costos derivados de las medidas aprobadas por la autoridad ambiental al momento de declarar la suspensión del procedimiento sancionatorio. Además, fija plazos para la presentación y evaluación de dicha garantía, y contempla el cobro a los infractores por los costos de evaluación y seguimiento ambiental necesarios para asegurar la correcta ejecución de las medidas. En resumen, esta ley busca facilitar mecanismos para la reparación ambiental y la corrección de daños en el marco de procedimientos sancionatorios ambientales, promoviendo la eficacia y responsabilidad en su cumplimiento.

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Modificado por última vez en Lunes, 05 Mayo 2025 21:42