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Ministerio de Ambiente aclara que fondos del 1% deben enfocarse en preservación y restauración para asegurar recursos hídricos

Escrito por  Ago 13, 2025

El concepto jurídico precisa que los recursos del porcentaje no inferior al 1% de los ingresos corrientes de libre destinación, destinados a áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos, deben usarse en actividades de mantenimiento que incluyan la preservación y restauración ecológica en predios adquiridos por las entidades territoriales. La normativa señala que estas actividades deben centrarse en áreas que surtan de agua a los acueductos municipales, distritales y regionales. La autoridad ambiental debe brindar apoyo técnico para garantizar que las inversiones se enfoquen en la preservación y recuperación ecológica, en línea con los conceptos jurídicos y reglamentarios vigentes.

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Modificado por última vez en Martes, 12 Agosto 2025 19:57