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Consejo de Estado revocó nulidad del acto de elección del gerente general de EPQ E.S.P. y analizó regulación aplicable en procesos de designación

Escrito por  Sep 16, 2025

El Consejo de Estado revocó la nulidad del acto de elección del gerente general de Empresas Públicas del Quindío SA ESP, elegido en enero de 2024 y por 4 años más, porque determinó que el procedimiento para su escogencia no incurrió en infracción normativa. Se acreditó que la asamblea general de alcaldes seleccionó por unanimidad la terna propuesta a la junta directiva, la cual eligió al gerente en consonancia con los estatutos vigentes. Además, se destacó que el cargo es de libre nombramiento y que el régimen jurídico aplicable corresponde al derecho público, pues el gerente es un servidor público vinculado a una empresa de servicios públicos constituida con capital cien por ciento público. En el análisis del procedimiento eleccionario, el Alto Tribunal valoró la integralidad en la interpretación de los estatutos, que contemplan la intervención de la asamblea general para conformar la terna y la responsabilidad de la junta directiva para nombrar al gerente general, desestimando las alegaciones sobre desconocimiento del régimen de recusaciones y destacando que la normativa estatutaria prevé lo no regulado con las disposiciones del CPACA.

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Modificado por última vez en Lunes, 15 Septiembre 2025 21:04