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Ministerio de Ambiente aclara destinación de recursos para la conservación y administración de predios de protección hídrica

Escrito por  Jun 24, 2026
Ante la consulta de la Alcaldía de Funza, el Ministerio de Ambiente aclaró que los recursos del Artículo 111 de la Ley 99 de 1993 pueden destinarse a la custodia y administración de predios adquiridos para la conservación hídrica. Esto incluye actividades como cerramiento perimetral, señalización e identificación física. La ejecución ambiental debe guiarse por el Decreto 1076 de 2015, mientras que las condiciones presupuestales serán consultadas con el Ministerio de Hacienda. El Ministerio no había emitido conceptos específicos sobre este tema antes.
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Modificado por última vez en Martes, 23 Junio 2026 19:33