La Agencia Nacional de Minería (ANM) explicó los residuos de construcción y demolición (RCD) generados en la ejecución de planes de restauración ambiental, especialmente los ordenados judicialmente, se rigen principalmente por la normativa ambiental. La entidad subraya que estos materiales no se consideran automáticamente recursos mineros sujetos al Código de Minas, a menos que exista una actividad de extracción, aprovechamiento económico o comercialización sistemática. Por tanto, su manejo, transporte y disposición se sujetan a las autorizaciones ambientales, siendo la competencia principal de las autoridades ambientales y territoriales, sin requerir un título minero para la restauración per se.