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¿Quiénes están legitimados para solicitar el servicio de conexión de energía?: CREG

Escrito por  Oct 03, 2024

En el presente concepto la Entidad informa que, la Circular CREG 001 de 2023 establece que los únicos legitimados para solicitar el servicio de conexión de energía son los propietarios, los arrendatarios y los poseedores declarados judicial o notarialmente. Esto implica que los simples poseedores, como en el caso mencionado en la consulta, no están autorizados para realizar dicha solicitud. Por lo tanto, para que un simple poseedor pueda solicitar la conexión de energía, necesitaría ser declarado judicial o notarialmente como poseedor, lo que le otorgaría la legitimidad para hacer la solicitud conforme a las normativas vigentes.

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Modificado por última vez en Jueves, 03 Octubre 2024 00:00