El Ministerio de Ambiente aclaró que un mismo polígono territorial no puede figurar simultáneamente en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP) y en el Registro Único de Ecosistemas y Áreas Ambientales (REAA). Esta delimitación busca evitar la duplicidad de información y garantizar la coherencia del sistema ambiental. La entidad aclaró que, aunque es viable implementar Bancos de Hábitat dentro de Reservas Naturales de la Sociedad Civil para compensaciones ambientales, esto no altera la naturaleza jurídica del suelo ni permite el doble registro. En estos casos, se debe registrar el Banco de Hábitat como instrumento de conservación, pero sin incorporar nuevamente el polígono del área protegida para no inflar las cifras de superficie conservada en el país.