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Ministerio de Ambiente aclara que no puede haber doble registro de áreas entre RUNAP y REAA y precisa reglas sobre Bancos de Hábitat en Reservas Naturales

Escrito por  Abr 30, 2026

 El Ministerio de Ambiente aclaró que un mismo polígono territorial no puede figurar simultáneamente en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP) y en el Registro Único de Ecosistemas y Áreas Ambientales (REAA). Esta delimitación busca evitar la duplicidad de información y garantizar la coherencia del sistema ambiental.  La entidad aclaró que, aunque es viable implementar Bancos de Hábitat dentro de Reservas Naturales de la Sociedad Civil para compensaciones ambientales, esto no altera la naturaleza jurídica del suelo ni permite el doble registro. En estos casos, se debe registrar el Banco de Hábitat como instrumento de conservación, pero sin incorporar nuevamente el polígono del área protegida para no inflar las cifras de superficie conservada en el país. 

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Modificado por última vez en Miércoles, 29 Abril 2026 21:35