Según lo establecido en el literal v) del Anexo 5 de la Resolución CREG 174 de 2021, las visitas de entrada en operación no tienen un límite en cantidad ni en tiempo, ya que su finalidad es verificar que el proyecto cumple con los requisitos técnicos y normativos para operar. Estas visitas pueden repetirse cuantas veces sean necesarias hasta que el proyecto esté listo para entrar en funcionamiento. Esto se debe a que, una vez aprobado y en fase de construcción, el proceso de inspección se enfoca en garantizar la seguridad y el cumplimiento, sin que existan restricciones predefinidas sobre el número de revisiones. La normativa busca evitar dejar de lado la finalidad esencial de estas visitas, que es asegurar la correcta operación del sistema. Por tanto, estas inspecciones se consideran complementarias y continuas, permitiendo que se corrijan observaciones menores sin perder el objetivo final de realizar una puesta en marcha segura y conforme a las especificaciones.