El Consejo de Estado revocó la nulidad del acto de elección de José Alejandro Guevara como gerente general de Empresas Públicas del Quindío SA ESP porque se comprobó que el procedimiento para su escogencia se realizó conforme a la normativa aplicable. La asamblea general de alcaldes seleccionó por unanimidad la terna de candidatos presentada luego a la junta directiva, que eligió al gerente. Se descartó la nulidad argumentada por la demandante porque no se vulneró el régimen jurídico aplicable ni hubo defecto en el trámite o en la integración del proceso. Además, se consideró que la jurisdicción contenciosa administrativa no tenía competencia para revisar aspectos relacionados con los estatutos de la empresa, ya que se rige por normas de derecho privado. Por tanto, se anuló la sentencia de primera instancia que había declarado la nulidad electoral, y se negaron las pretensiones de la demanda.