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SuperSociedades aclara exención de registro mercantil para colegios privados

Escrito por  Ene 26, 2026

La Superintendencia de Sociedades hizo claridades sobre la obligación de registro mercantil para establecimientos educativos privados que ofrecen educación formal. La entidad, en respuesta a una consulta, determinó que estos centros están exentos de matricularse ante las cámaras de comercio como establecimientos mercantiles. Apoyándose en los Decretos 1074 de 2015 y 2150 de 1995, así como la Ley 115 de 1994, la SuperSociedades subraya que la normativa vigente exceptúa expresamente a las instituciones de educación formal de este requisito. El pronunciamiento, de carácter general y no vinculante, no se extiende a otras actividades comerciales que estas instituciones pudieran desarrollar, las cuales deben ser verificadas individualmente.

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Modificado por última vez en Domingo, 25 Enero 2026 21:11