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SuperSociedades aclara el alcance legal y los riesgos de los criptoactivos en Colombia

Escrito por  Feb 09, 2026

La Superintendencia de Sociedades precisó que en Colombia los criptoactivos no están prohibidos, pero carecen de regulación específica y no tienen la naturaleza de moneda, dinero, divisa, valor ni activo financiero. Su uso se realiza por cuenta y riesgo de los particulares, sin obligación legal de aceptarlos como medio de pago. Las sociedades pueden desarrollar actividades lícitas relacionadas con criptoactivos si están dentro de su objeto social, pero deben evitar conductas de captación ilegal de recursos del público. La entidad no ejerce supervisión directa sobre operaciones con criptoactivos ni exige requisitos especiales para operar con ellos. Sin embargo, advierte sobre altos riesgos, la posible exposición a lavado de activos y financiación del terrorismo, y recuerda que los administradores deben actuar con diligencia y cumplir los deberes de buena fe, lealtad y cuidado. Asimismo, admite la posibilidad de aportes en especie en criptoactivos, bajo reglas de valoración y aprobación legal.

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Modificado por última vez en Domingo, 08 Febrero 2026 23:36