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SuperSociedades aclara reglas sobre multas y acreencias en procesos de reorganización empresarial

Escrito por  Mar 25, 2026

La Superintendencia de Sociedades precisó que la facultad sancionatoria de entidades como la SIC se mantiene incluso si una empresa está en reorganización. Sin embargo, las multas derivadas de obligaciones previas deben someterse a las reglas del proceso concursal, integrándose como acreencias —ciertas o contingentes— según su estado jurídico. La entidad reiteró el principio de universalidad, según el cual todos los créditos deben incorporarse al proceso. Además, aclaró que no pueden iniciarse ni continuarse cobros ejecutivos contra el deudor, salvo por obligaciones posteriores, consideradas gastos de administración y exigibles.

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Modificado por última vez en Martes, 24 Marzo 2026 18:33