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MinMinas explica cómo funciona la contribución solidaridad en las tarifas de los servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Oct 27, 2026

 El Ministerio de Minas y Energía precisó el marco normativo del régimen tarifario de servicios públicos domiciliarios. La entidad subraya la base constitucional del sistema en la solidaridad y redistribución del ingreso, conforme al Artículo 367 de la Constitución Política y la Ley 142 de 1994. Explica cómo usuarios de altos ingresos y los sectores comercial e industrial contribuyen a subsidiar a los de menores recursos. Destaca el carácter obligatorio de esta contribución, su monto máximo del 20% del costo del servicio, y las exclusiones específicas para clínicas, hospitales, centros asistenciales y educativos sin ánimo de lucro, además de ciertos usuarios industriales de energía eléctrica según códigos del Registro Único Tributario.

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Modificado por última vez en Lunes, 26 Octubre 2026 20:47