El Consejo de Estado negó la nulidad del Decreto 771 de 2024, que nombró a Baisser Antonio Jiménez Rivera como experto comisionado de la CREG. La Sala precisó que, aunque el decreto carecía de una motivación explícita, no se configuraba la causal de nulidad alegada. El Alto Tribunal concluyó que el acto administrativo se basó en evaluaciones previas que aseguraron el cumplimiento de los requisitos legales para el cargo, reflejando así una justificación implícita en el proceso de selección. El Consejo de Estado sostuvo que la falta de motivación no conlleva automáticamente a la nulidad si se demuestra que el nominador realizó un análisis adecuado de las condiciones del designado. Además, se consideró que el demandante no probó fehacientemente que Jiménez Rivera no cumplía con los requisitos establecidos por la ley. Por ende, la Sala determinó que el nombramiento era válido, en atención a las pruebas presentadas y la interpretación de los requisitos legales pertinentes.