A través del concepto de la SSPD se indicó que, tanto los organismos de acreditación como los prestadores del servicio público de energía, están obligados a cumplir con los parámetros establecidos en el RETIE, es por ello que los prestadores, además de la certificación, están obligados a revisar si los productos o instalaciones cumplen las especificaciones técnicas necesarias para el adecuado suministro del servicio.
En ese orden de ideas, se confirma que resulta necesario que el producto puesto a disposición por el usuario, cumpla con las características y especificaciones técnicas solicitadas por el prestador del servicio de energía eléctrica para la instalación que se vaya a realizar, las cuales deberán estar de conformidad al RETIE. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad,
Descargar documento