la cual se encuentra definida en la Resolución CREG 123 de 2011, y aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.” Así lo determinó la CREG a través de la publicación de un concepto.
“En cuanto a la prestación del servicio de alumbrado público, la CREG solo tiene competencia para establecer la metodología para determinación de costos por la prestación del servicio, conforme lo establece el artículo 2.2.3.6.1.8. del Decreto 1073 de 2015, del Ministerio de Minas y Energía – MME, que recoge los decretos 2424 de 2006 y 943 de 2018,
la cual se encuentra definida en la Resolución CREG 123 de 2011, y aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.” Así lo determinó la CREG a través de la publicación de un concepto.