hasta el próximo miércoles 12 de agosto de 2020. Se establecería que, las solicitudes de certificado de valor a reconocer por subsidios, y la de aceptación de la cesión se hacen por separado, en ese orden. Así mismo, la Dirección de Energía Eléctrica del Ministerio de Minas y Energía, en ejercicio de su función de administrar y distribuir los recursos del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos ¬FSSRI y/o del Presupuesto General de la Nación, revisará como requisito para que el ordenador del gasta expida la certificación, lo siguiente: que el comercializador cuente con el Registro Único de Prestadores del Servicio — RUPS actualizado ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que el comercializador haya cumplido con la obligación de cargar la información requerida en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos - SUI para el último periodo que aplique y que lo declarado sea consistente con la información del último trimestre validado para la empresa comercializadora, en relación con el periodo para el cual se solicita certificación.