El Ministerio de Minas precisó que la compra, venta y empeño de oro en Colombia está sujeta a un marco normativo orientado a garantizar la legalidad, trazabilidad y control de la cadena de comercialización, especialmente para prevenir la minería ilegal y la evasión de regalías. En este contexto, quienes comercializan oro como mineral -incluyendo casas de compra y venta- deben estar inscritos en el Registro Único de Comercializadores de Minerales (RUCOM) y contar con certificación de origen que acredite la procedencia lícita del material. El Ministerio explicó que existe una distinción entre el oro como mineral y el oro contenido en productos transformados, como joyas en desuso. Estas últimas no se consideran minerales en sentido estricto, pero su comercialización sigue sujeta a controles, como la obligación de soportar las operaciones mediante facturación. Así, las casas que solo compran joyas usadas no requieren inscripción en el RUCOM, salvo que también comercialicen mineral directamente.