La SSPD precisó aspectos sobre el traslado de medidores de gas, respondiendo a la preocupación de un usuario por los cobros y opciones de financiación. La entidad aclara que la reubicación de un medidor se considera una "nueva conexión", implicando el pago de un nuevo cargo por conexión. Este costo incluye materiales, mano de obra y gastos administrativos, y debe ajustarse a fórmulas tarifarias establecidas por la CREG, sin arbitrariedades del prestador. Respecto a la financiación, la Superservicios enfatiza que, a diferencia de las conexiones iniciales para estratos 1, 2 y 3 (con plazos obligatorios de mínimo tres años), los traslados o modificaciones no obligan al prestador a ofrecer financiación. En estos casos, la empresa es libre de establecer las condiciones crediticias, y tampoco aplican subsidios. La decisión sobre la reutilización de materiales existentes recae exclusivamente en el prestador, basado en criterios técnicos y de seguridad.
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) precisó que el tratamiento de aguas residuales forma parte del servicio público domiciliario de alcantarillado y de sus actividades complementarias. En consecuencia, la existencia de infraestructura destinada a esta actividad no habilita, por sí sola, el cobro de una tarifa independiente a los usuarios finales. La entidad señaló que los costos asociados al tratamiento deben reconocerse dentro del esquema tarifario del servicio de alcantarillado, conforme a la metodología regulatoria vigente. Asimismo, recordó que, cuando intervienen distintos prestadores, pueden utilizarse mecanismos como los contratos de interconexión, siempre bajo las condiciones y requisitos establecidos por la regulación, evitando cobros separados a los mismos usuarios por un mismo servicio.
La CRA hizo precisiones sobre la aplicación del descuento del 2% por la antigüedad de la flota vehicular. La entidad aclara que, en el cálculo de la edad de la flota para este descuento, no se deben considerar las fracciones de año; el descuento solo aplica cuando se configura un año completo adicional. La edad de cada vehículo debe calcularse desde su fecha exacta de compra, contrastada con la fecha de corte del cálculo, y no solo el año del modelo o la matrícula. Además, la CRA establece que el descuento se actualizará y aplicará de forma semestral, independientemente de si el año adicional de antigüedad se cumple en un mes específico. Esta directriz busca estandarizar la aplicación de la Resolución CRA 943 de 2021.
El Gobierno priorizó a Buenaventura con una inversión de aproximadamente $274.719 millones para garantizar el acceso a agua potable y saneamiento básico. Esta estrategia, oficializada mediante un CONPES, financiará 11 proyectos clave entre 2026 y 2029, buscando saldar deudas históricas con la población. Recursos inmediatos por $43.195 millones para 2026 permitirán el inicio de obras prioritarias, como la rehabilitación del viaducto del Río Dagua. La iniciativa, coordinada desde Planeación Nacional y el Ministerio de Vivienda, forma parte de un plan integral para el Pacífico, beneficiando a más de 424.000 habitantes y transformando las condiciones de vida en el litoral para 2035.
La SSPD explicó la aplicación del régimen de subsidios y contribuciones en el servicio público de aseo. La entidad subraya que los acuerdos municipales que fijan los porcentajes de subsidios tienen una vigencia limitada de cinco años, y su expiración sin renovación obliga a las empresas prestadoras a suspender la aplicación de dichos beneficios y contribuciones en la facturación. Esto se debe al principio de legalidad, que exige soporte normativo vigente. La responsabilidad de expedir nuevos acuerdos recae exclusivamente en los alcaldes y concejos municipales, siendo un incumplimiento de sus deberes la omisión en esta gestión. La SSPD enfatiza que los prestadores no pueden prorrogar unilateralmente estos acuerdos, pero tienen el deber de informar a las autoridades locales y a los usuarios sobre la situación para restablecer el esquema de solidaridad.