A través del presente concepto, la Entidad indicó que la factura de servicios públicos es el mecanismo de cobro de estos servicios y debe contar con los requisitos formales que se establezcan en el contrato de condiciones uniformes, y contener como mínimo la información que determine si la empresa se ciñó a la ley y al contrato; la determinación y valoración de los cobros y consumos; el histórico de consumos y precio respecto de períodos anteriores; y el y plazo y modo del pago.