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Reiteración de jurisprudencia del Consejo de Estado sobre el Impuesto de Industria y Comercio en la prestación de servicios de gestión de inmuebles

Escrito por  Ago 25, 2021

La Sala destaca que, para el caso concreto de la actividad de gestión de inmuebles, esta será gravada en la jurisdicción en la cual fue prestado el servicio y no en la que se encuentran los bienes inmuebles. La Sal confirmó sentencia que declaró la nulidad de las Resoluciones a través de los cuales el Municipio de Itaguí -accionado- le impuso sanción, por no declarar impuesto

de industria y comercio por año base 2009, periodo gravable 2010, a -COLTEBIENES LTDA.-demandante-, por la suma equivalente a $517.896.800. Por las razones expuestas en esta providencia.

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