De acuerdo con el concepto de la CREG, los usuarios autogeneradores se clasifican como de gran escala (AGGE) si su potencia instalada de generación es mayor a 1 MW, y de pequeña escala (AGPE) si su potencia instalada de generación es menor o igual a 1 MW. La clasificación no depende de la potencia a inyectar a la red. Dicha clasificación fue establecida por la UPME en la Resolución 281 de 2015.