De acuerdo con el concepto publicado por la CREG, para que un usuario pueda contratar el suministro de energía en el mercado competitivo debe cumplir con los límites de potencia o energía allí establecidos, y la verificación de esto se hará con base en lo establecido en el anexo 1 de dicha resolución, el cual ha sido modificado a través de las Resoluciones CREG 183 de 2009 y 038 de 2010.