El artículo 11 de la Resolución CREG 024 de 2015, regula cómo se liquida el consumo adicional en escasez, eximiendo del cargo por confiabilidad ese exceso, considerando la línea base para los autogeneradores. Esta norma establece que en condiciones de escasez, la energía consumida por un autogenerador que supere su línea base de consumo será liquidada al precio de bolsa, sin incluir el valor del precio de escasez ponderado. La línea base de consumo se calcula como un promedio de los últimos 60 días y, si el error en la estimación es superior al 20%, se considera cero. Esto implica que toda energía adicional tomada de la red durante una crisis de escasez no estará cubierta por el cargo por confiabilidad, sino que será pagada a precio de bolsa. La norma busca garantizar la estabilidad del sistema y la equidad en el cobro, pero también pone en evidencia que los autogeneradores con producción solar sin almacenamiento, que solo generan durante el día, pagan por todo su consumo nocturno, afectando su costo de operación en períodos críticos.