La Entidad precisa que la Resolución CREG 101 070 de 2025 actualiza la regulación sobre fronteras embebidas para el reporte y medición en conexiones eléctricas, permitiendo la atención de demanda con activos de conexión y estableciendo requisitos para el registro de nuevas fronteras embebidas. La CREG aclara que las fronteras embebidas existentes bajo la Resolución CREG 122 de 2003 (que regulaba desde 2003 este esquema con reporte mensual y ciertas curvas horarias para liquidación) continuarán aplicando la regulación vigente al momento de su registro mientras no cambie el equipo de medida, respondiendo al principio "Tempus regit actus" (ultractividad). Solo al reemplazo de equipos deberá seguirse la nueva norma. Respecto a los formatos para registros, la CREG indica que el Consejo Nacional de Operación (CNO) y el Comité Asesor de Comercialización (CAC) definirán los contenidos mínimos y procesos, pudiendo ser presentados para comentarios públicos. Se sugieren medidas para mitigar impactos económicos y operativos durante la transición, y la resolución garantiza que la nueva regulación no afectará las fronteras existentes mientras mantengan su esquema original.