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MinAmbiente: líneas regionales entre 50 kV y menos de 220 kV no requieren Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA)

Escrito por  Mar 04, 2026

El Ministerio de Ambiente precisó que los proyectos de líneas de transmisión del Sistema de Transmisión Regional (STR) que operan con tensiones entre 50 kV y menores a 220 kV no están obligados a presentar Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) como requisito previo al licenciamiento ambiental. En su análisis jurídico, la entidad explicó que el artículo 2.2.2.3.4.2 del Decreto 1076 de 2015 exige este estudio únicamente para el tendido de líneas nuevas del Sistema Nacional de Transmisión (STN), es decir, aquellas que operan con tensiones iguales o superiores a 220 kV. La cartera ambiental sostuvo que la exigencia del DAA responde a criterios técnicos asociados a la magnitud del impacto ambiental, la extensión territorial, la diversidad de ecosistemas intervenidos y la complejidad social de los proyectos del STN, características que no se equiparan a las del STR. En consecuencia, aunque las líneas regionales requieren licencia ambiental ante la autoridad competente, la norma no prevé para ellas la obligación de adelantar la fase de diagnóstico de alternativas, por tratarse de un listado taxativo que no admite extensiones por analogía.

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Modificado por última vez en Martes, 03 Marzo 2026 21:51